Pasar al contenido principal


Artículo 38: Ejercicio de la autoridad real Consejo de Estado

Artículo 38

Mientras no traya nadie que ejerza la autoridad real, ésta se ejercerá por el Consejo de Estado.

Explicación

Tenga en cuenta que solo la versión neerlandesa de la Constitución tiene validez. 

Si el rey o un regente no pueden ejercer la autoridad real, el Consejo de Estado la ejerce.